28 de febrero de 2008

VEINTICICÁLOGO


1.-ERES DUEÑO DE TU VIDA, VÍVELA INCONDICIONALMENTE

2.-SÉ TU MISMO

3.-CRECE: PUEDES DESARROLLAR TU VIDA

4.-CRECE A TU RITMO: DESCÚBRELO, SÍGUELO, NO COMPITAS CON NADIE EN VIVIR

5.-SÉ CONSCIENTE DE TUS POSIBILIDADES Y LÓGRALAS

6.-TUS EMOCIONES SON TUYAS. SIÉNTELAS Y MANIFIÉSTALAS

7.-MUESTRA LO QUE SIENTES

8.-DISFRUTA: SIENTE EL GOZO DE LA VIDA

9.-DIVIÉRTETE: SÉ FELIZ

10.-ACEPTA TU SEXO

11.-PIDE LO QUE NECESITAS, NO ESPERES QUE OTROS LAS ADIVINEN

12.-PIENSA, PIENSA POR TI MISMO

13.-TÚ VALES, TÚ SIRVES: PUEDES HACER MUCHAS COSAS POR TU CUENTA

14.-DECIDE: ERES CAPAZ DE TOMAR RESOLUCIONES PROPIAS

15.-LOGRA: PUEDES CONSEGUIR LO QUE TE PROPONGAS

16.-HAZ POR TI MISMO: PUEDES PENSAR Y TAMBIÉN ACTUAR

17.-ACÉRCATE A LOS DEMÁS

18.-COMPARTE: SÉ ABIERTO Y RECEPTIVO

19.-SÉ SIMPÁTICO: PRESENTA TU GOZO DE VIVIR Y COMPARTIR

20.-MERECES QUE TE QUIERAN: ERES DIGNO DEL AMOR DE LOS DEMÁS

21.-MUESTRA AFECTO: ACÉRCATE A LOS DEMÁS DICIÉDOLES QUE LES QUIERES

22.-DA Y RECIBE AFECTO, Y ACEPTA EL QUE SE TE DA

23.-PUEDO VER, OIR, SENTIR, HABLAR Y ACTUAR

24.-ME SIENTO DUEÑO Y RESPONSABLE DE MÍ MISMO

25.-YO SOY YO Y ME SIENTO MUY BIEN CONMIGO MISMO

26 de febrero de 2008

EL LOTO BLANCO


Frase armoniosa encontrada en una caja de varillas de inciensos hecha en Constantina (Sevilla):
"Un pensamiento de Paz cada día, en mí hay Paz,
sentir Paz.
La Paz del espíritu
es la Paz verdadera,
la Paz del individuo
será la Paz del Mundo.
Luz en la mente y Paz en el alma".

24 de febrero de 2008

UNIDAD: ARMONÍA Y PAZ INTERIOR II

El mundo ya no es ellos o yo
sino un nosotros redondo y completo.

Estamos todos en el mismo equipo:
La Junta de Andalucía.

21 de febrero de 2008

PROYECTO FUNDACIÓN MARÍN

Se puede vivir de las subvenciones, porque Chaves
y sus acólitos están deseando que surjan fundaciones
como la nuestra.
La Diputación será una gran amiga y también nos
dará algo.
Es posible el sueño, se hará realidad y
creceremos como crecen las plantas
en orden y armonía.

Vamos a promover la poesía y el Arte.
Daremos luz al mundo!

18 de febrero de 2008

CINCO IDEAS POSITIVAS


Hemos tomado estas ideas del suplemento sepia del ABC:

1.- Escribe como Flaubert 39 palabras al día o media hora para mantener activa tu cuota de creatividad diaria.
2.- Como Bob Dylan haz las cosas que hagas con aproximación creativa y como si fuera la primera y la última vez.
3.- Como Einstein, interésate por tu entorno desde el paisaje a la ciudad pasando por los conciudadanos y familiares cercanos.
4.- Como decía Wayne Gretsky, jugador de hockey hielo: "Fallo el 100% de los tiros que no tiro". El éxito empieza por tirarse a la piscina. El salto al vacío que decía Jodorowsky con relación al koan zen del buda que trepa al poste y no puede dar marcha atrás. Trata de cambiar, hacer algo diferente.
5.- La quinta la pones tú y así ya creas algo.

15 de febrero de 2008

UNIDAD: ARMONÍA Y PAZ INTERIOR


Todo es orden y claridad a mi alrededor, armonía y paz interior.

Dejando de luchar contra el dinero conseguiremos que éste venga a nosotros.
Por tanto la clave es dejar de pelearse con aquello que perseguimos, dejamos fluir la energía positiva a través de nuestros pensamientos.
Respiramos profundamente...

14 de febrero de 2008

10 IDEAS JODOROWSKIANAS PARA INTENTAR SER FELIZ


1. Cuando dudes de actuar, siempre entre "hacer" y "no hacer" escoge hacer. Si te equivocas tendrás al menos la experiencia.

2. Escucha mas a tu intuición que a tu razón. Las palabras forjan la realidad pero no la son.

3. Realiza algún sueño infantil. Por ejemplo: si querías jugar y te hicieron adulto antes de tiempo, ahorra unos 500 euros y ve a jugarlos a un casino hasta que los pierdas. Si ganas, sigue jugando. Si sigues ganando, aunque sean millones, sigue hasta que los pierdas. No se trata de ganar sino de jugar sin finalidad.

4. No hay alivio mas grande que comenzar a ser lo que se es. Desde la infancia nos endilgan destinos ajenos. No estamos en el mundo para realizar los sueños de nuestros padres, sino los propios. Si eres cantante y no abogado como tu padre, abandona la carrera de leyes y graba tu disco.

5. Hoy mismo deja de criticar tu cuerpo. Aceptalo tal cual es sin preocuparte de la mirada ajena. No te aman porque eres bella. Eres bella porque te aman.

6. Una vez por semana, enseña gratis a los otros lo poco o mucho que sabes. Lo que les das, te lo das. Lo que no les das, te lo quitas.

7. Busca todos los días en el diario una noticia positiva. Es difícil encontrarla. Pero, en medio de los acontecimientos nefastos, siempre, de manera casi imperceptible, hay una. Que se descubrió una nueva raza de pájaros; que los cometas transportan vida; que un nene cayo desde un quinto piso sin dañarse; que la hija de un presidente intento suicidarse en el océano y fue salvada por un obrero del cual se enamoro y se casaron; que los jóvenes poetas chilenos bombardearon con 300.000 poemas, desde un helicóptero, a La Moneda, donde fue eliminado allende, etc.

8. Si tus padres abusaron de ti cuando pequeño/a, confrontate calmadamente con ellos, en un lugar neutro que no sea su territorio, desarrollando cuatro aspectos: 'Esto es lo que me hicieron. Esto es lo que yo sentí. Esto es lo que por causa de aquello ahora sufro. Y esta es la reparación que pido'. El perdón sin reparación no sirve.

9. Aunque tengas una familia numerosa, otorgate un territorio personal donde nadie pueda entrar sin tu permiso.

10. Cesa de definirte: concedete todas las posibilidades de ser, cambia de caminos cuantas veces te sea necesario.

12 de febrero de 2008

PENSAMIENTO POSITIVO (I)


Como dicen los libros de autoayuda, hay que pensar cosas positivas y ser consecuente con ellas para tener un mejor futuro. Por tanto inauguramos aquí la serie de frases positivas que nos llevarán en volandas hacia un mejor futuro. Aquí no hay cabida para el rencor ni la desesperanza.

He aquí un hermoso poema positivo:

"Todo es orden y claridad,
amo a Chaves porque en él está la llave que me dará un empleo bien remunerado.
Todo en mí es orden, belleza y armonía.
En casa todo es belleza, todo va bien, hay una energía sutil y sublime que
hace que me sienta calmado por fuera y por dentro,
todos caminamos hacia un común objetivo:
ganar en orden y armonía
La Junta de Andalucía es mi amiga, mi guía, la amo como amo a las flores.
Los ayuntamientos están para servirme y me necesitan.

Si pienso en llamar a alguien por teléfono,
no dudaré, pues sé que ese alguien está deseando
recibir mi llamada, y se alegrará como nunca se ha alegrado.

Si quiero arreglar papeles sé que el funcionario que los arregla
es mi amigo, mi compañero ideal, un auténtico crack de la burocracia.
Burocracia suena a belleza rupestre, como las pinturas de Altamira
o la ermita de Santa Lucía de Alcalá de Guadaíra.

Zapatero ha sido un gran presidente del gobierno,
su sonrisa es bella.
Rajoy será un gran gestor y su colega Pizarro hará
renacer la economía española.
Gaspar Llamazares tiene unas barbas muy metrosexuales.
Adoro la política, en ella hay esperanza y belleza. Los políticos,
esos prohombres son mis amiguitos y están para servir a España.
Viva España, que renace con cada amanecer.
Viva Andalucía, que va ya por la cuarta modernización, ya tenemos Internet en casa
y Chaves me ayudará con la factura, que lindo es.
Viva Chaves y Chávez, porque en el fondo son amigos del Rey.
Qué lindo es el rey y su príncipe y su princesaaaaaaaaaaaaaa!!!"

(Igual que Jodorowsky, aconsejo que todos escribamos cosas positivas y así con la energía de todos ayudaremos a estar más relajados y a no discutir con nadie, que la fuerza me acompañe, me quiero y me abrazo, haz tú lo mismo).

9 de febrero de 2008

MANIFIESTO MIÉDICO


MANIFIESTO MIÉDICO
El movimiento miédico toma referencias del Dadá y el movimiento Pánico de Arrabal y en su tiempo Jodorowsky.

Miédico nace como seguimiento y a la vez paradoja contradictoria, como contraposición a Pánico, del cual deriva su nombre sinonímico miédico.
Miédico no es un hombre de ciencia ni medicina.

El movimiento miédico lo fundan el escritor, poeta y dramaturgo Robin de Nazaret, el guionista humorístico Nori y el funcionario del Estado español Diego alias "el portugués". Explosiva mezcla.
Nace en Sevilla en 2007 pero se fundamenta definitivamente en Benamejí en 2008, en un viaje peregrinatorio al Bar Chasca, cuyo nombre viene de antiguo. Dicho bar fue descubierto por el Nori de casualidad en un caluroso día de trabajo en 2006 en una carterita perdida por un cliente que contenía 2,60€. Por supuesto ese dinero fue llevado a Benamejí para su posterior inversión turístico-sanadora a pesar de la factura que nos pasaron de 41,50€.
Hartos de los artistas contemporáneos hemos decidido crear nuestro propio Arte. Un Arte que nos sirva para sanarnos a nosotros mismos y sanar a todo el que lo vea y quiera sanar con él. Porque como dijo Jodorowsky, el Arte si no sana, no es Arte.

Tomamos de la realidad que nos circunda cualquier idea para hacerla Arte, bien poético, o audiovisual o de tipo teatral.
Utilizamos cualquier medio técnico que esté en nuestras manos y el que no lo robamos o lo tomamos prestado.
La creación de performances teatrales caóticos y surrealistas deberán ser diseñados para ser impactantes y encauzar las fuerzas destructivas hacia la paz y la belleza. Fines realmente sanadores.

SE PONE EN MARCHA LA FUNDACIÓN MARÍN

ESTATUTO FUNDACIONAL

MODELO ORIENTATIVO DE ESTATUTOS DE UNA FUNDACIÓN


CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN MARÍN

Artículo 1. Denominación, naturaleza, domicilio y ámbito de actuación.

La FUNDACIÓN MARÍN es una organización sin fin de lucro, que tiene afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de los fines de interés general que se detallan en estos Estatutos. Puede que tenga algo de lucro pero eso no es malo porque al igual que las cajas de ahorro revierte sus beneficios a la sociedad.

El domicilio estatutario de la FUNDACIÓN, se establece en la calle Avenida de la Paz S/N    distrito postal 41500 del Municipio de Alcalá de Guadaíra.
El ámbito territorial en que va a desarrollar principalmente sus actividades se extiende a todo el territorio nacional de ESPAÑA.

Artículo 2. Personalidad jurídica, comienzo de actuaciones y duración temporal.

La Fundación tendrá personalidad jurídica desde la inscripción de la escritura pública de su constitución en el correspondiente Registro de Fundaciones y a partir de ese momento comenzará sus actuaciones.

La Fundación que se instituye tendrá una duración temporal indefinida. No obstante, si, en algún momento, los fines propios de la Fundación pudieran estimarse cumplidos, o resultaren de imposible realización, el Patronato podrá acordar la extinción de aquella conforme a lo dispuesto en la Legislación vigente.

CAPÍTULO II
FINES Y BENEFICIARIOS DE LA FUNDACIÓN

Artículo 3. Fines

Son fines de la Fundación: La creación propiamente dicha, así como el Arte Sanador y las Ciencias curativas del pensamiento positivo en torno a la persona física pensante.
     

Artículo 4. Actividades
Para la consecución de los fines mencionados en el artículo anterior, la Fundación realizará las siguientes actividades: La creación de premios de poesía, teatro, pintura y cuantas artes se consideren o estimen necesarias.
Escritura y publicación en el blog de la fundación: www.lafundacionmarin.blogspot.com o en cuantos blogs se estimen necesarios. Estimándose así Internet como el medio más directo, económico y eficaz para la difusión de las actividades de la fundación.


     

Artículo 5. Beneficiarios

Los fines fundacionales de la Fundación se dirigen con carácter genérico a las siguientes colectividades de personas: mentes y personas de fósforo y físicas que crean en el valor sanador del Arte. Cualquier persona que pertenezca a cualquiera de las tres religiones del libro será menospreciada e ignorada. Lenon tenía razón cuando nos propuso imaginar un mundo sin religiones. Por tanto esta fundación rechaza las mismas y discriminará a cualquier persona de raza, sexo o religión que considere oportunas. Basta ya de tanta corrección política!

     

El Patronato, a la hora de determinar los beneficiarios de la actividad de la Fundación, actuará con criterios de parcialidad y discriminación.

Artículo 6. Aplicación de los recursos al cumplimiento de los fines

La Fundación destinará efectivamente el patrimonio y sus rentas al cumplimiento de sus fines fundacionales.

Deberá ser destinado, al menos, al cumplimiento de los fines fundacionales el 10 por 100 de los resultados de las explotaciones económicas que se desarrollen y de los ingresos que se obtengan por cualquier otro concepto, en los términos previstos por la legislación vigente.

El plazo para el cumplimiento de esta obligación será el comprendido entre el inicio del ejercicio en que se hayan obtenido y los cuatro años siguientes al cierre de dicho ejercicio.


Artículo 7. Información

El Patronato dará información suficiente de los fines y actividades de la Fundación para que sean conocidos por sus eventuales beneficiarios y demás interesados.


CAPÍTULO III
GOBIERNO DE LA FUNDACIÓN

Artículo 8. Patronato

El Patronato es el órgano de gobierno y representación de la Fundación.

Corresponde al Patronato cumplir los fines fundacionales y administrar con diligencia los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Fundación, manteniendo el rendimiento y utilidad de los mismos.

Artículo 9. Composición

Estará constituido por Roberto Marín que adoptará sus acuerdos por mayoría en los términos establecidos en los presentes Estatutos.

Podrán ser miembros del Patronato las personas físicas que tengan plena capacidad de obrar y no estén inhabilitadas para el ejercicio de cargos públicos.

Las personas jurídicas podrán formar parte del Patronato y deberán designar a la persona o personas físicas que las representen.

Artículo 10. Reglas para la designación y sustitución de sus miembros.

La designación de los miembros integrantes del primer Patronato se hará por los fundadores y constará en la escritura de constitución.

La designación de nuevos miembros se hará por el Patronato que, a la sazón, figure inscrito en el Registro correspondiente y por acuerdo de la mayoría de sus miembros.

Los Patronos habrán de aceptar sus cargos en la forma prevista en la legislación vigente y su aceptación se notificará formalmente al Protectorado y se inscribirá en el Registro de Fundaciones.

El nombramiento de los Patronos tendrá una duración de      años.

     

Artículo 11. Presidente.

Los Patronos elegirán entre ellos un Presidente al que corresponde ostentar la representación de la Fundación ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas, convocar las reuniones del Patronato, presidirlas, dirigir sus debates y, en su caso, ejecutar los acuerdos, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin.

El Presidente dispone de voto de calidad para dirimir los empates que pudieran producirse en las votaciones que se realicen en el Patronato.

Artículo 12. Secretario

El Patronato nombrará un Secretario, cargo que podrá recaer en una persona ajena a aquel, en cuyo caso tendrá voz pero no voto.

Corresponde al Secretario la certificación de los acuerdos del Patronato, la custodia de toda la documentación perteneciente a la Fundación, levantar las actas correspondientes a las reuniones del Patronato, expedir las certificaciones e informes que sean necesarios y, todas aquéllas que expresamente se le encomienden. En los casos de enfermedad, ausencia o vacante ejercerá las funciones de Secretario el vocal más joven del Patronato.

Artículo13. Atribuciones del Patronato

Sin perjuicio de las preceptivas autorizaciones del Protectorado, serán facultades del Patronato:

Ejercer el gobierno y representación de la Fundación y aprobar los planes de gestión y programas periódicos de actuación de la misma.

Interpretar y desarrollar los Estatutos y, en su caso, acordar la modificación de los mismos, siempre que resulte conveniente a los intereses de la Fundación y a la mejor consecución de sus fines.

Fijar las líneas generales sobre la distribución y aplicación de los fondos disponibles entre las finalidades de la Fundación.

Nombrar apoderados generales o especiales.

Seleccionar a los beneficiarios de las prestaciones fundacionales.

Aprobar el plan de actuación y las cuentas anuales que hayan de ser presentadas al Protectorado.

Acordar la apertura y cierre de sus Delegaciones.

Adoptar acuerdos sobre la extinción o fusión de la Fundación en caso de imposibilidad de cumplimiento de sus objetivos.

Delegar sus facultades en uno o más patronos, sin que puedan ser objeto de delegación la aprobación de las cuentas y del plan de actuación, la modificación de los Estatutos, la fusión y la liquidación de la Fundación, así como aquellos actos que requieran la autorización del Protectorado.

Artículo 14. Obligaciones del Patronato

En su actuación el Patronato deberá ajustarse a lo preceptuado en la legislación vigente y a la voluntad del fundador manifestada en estos Estatutos.

Artículo 15. Responsabilidad de los Patronos.

Los Patronos deberán desempeñar el cargo con la diligencia de un representante leal.

Los Patronos responderán solidariamente frente a la Fundación de los daños y perjuicios que causen por actos contrarios a la Ley o a estos Estatutos, o por lo realizados sin la diligencia con la que deben desempeñar el cargo.

Deberán concurrir a las reuniones a las que sean convocados y cumplir en sus actuaciones con lo determinado en las disposiciones legales vigentes y en los presentes Estatutos.

Artículo 16. Cese y suspensión de Patronos.

El cese y la suspensión de los Patronos de la Fundación se producirá en los supuestos previstos en el artículo 18 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y además:      

La renuncia al cargo de Patrono podrá llevarse a cabo por cualquiera de los medios y mediante los trámites previstos para la aceptación.

La sustitución, el cese y la suspensión de los Patronos se inscribirán en el correspondiente Registro de Fundaciones.

Artículo 17. Forma de deliberación y adopción de acuerdos.

El Patronato se reunirá, al menos, dos veces al año y tantas veces como sea preciso para la buena marcha de la Fundación. Corresponde al Presidente convocar las reuniones del mismo, bien a iniciativa propia, bien cuando lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros.

La convocatoria se hará llegar a cada uno de los miembros, al menos con cinco días de antelación a la fecha de su celebración, utilizando un medio que permita dejar constancia de su recepción. En la misma se indicará el lugar, día y hora de celebración de la reunión, así como, el orden del día.

No será preciso convocatoria previa cuando se encuentren presentes todos los patronos y acuerden por unanimidad la celebración de la reunión.

El Patronato quedará válidamente constituido cuando concurran al menos la mitad mas uno de sus miembros.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos, excepto cuando los Estatutos o la legislación vigente establezcan mayorías cualificadas.

De las reuniones del Patronato se levantará por el Secretario la correspondiente Acta, que deberá ser sometida a aprobación de todos los miembros presentes en las mismas. Esta se transcribirá al correspondiente libro y será firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente.

El cargo de patrono que recaiga en persona física deberá ejercerse personalmente. No obstante, podrá actuar en su nombre y representación otro patrono por el designado. Esta actuación será siempre para actos concretos y deberá ajustarse a las instrucciones que, en su caso, el representado formule por escrito.


CAPÍTULO IV
RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA FUNDACIÓN

Artículo 18. Patrimonio

El Patrimonio de la Fundación está formado por todos los bienes, derechos y obligaciones susceptibles de valoración económica, que integren la dotación así como por aquellos que adquiera la Fundación con posterioridad a su constitución, se afecten o no a la dotación.

La Fundación deberá figurar como titular de todos los bienes y derechos integrantes de su patrimonio, que deberán constar en su inventario anual.

El patronato promoverá, bajo su responsabilidad, la inscripción a nombre de la Fundación de los bienes y derechos que integran su patrimonio, en los Registros públicos correspondientes.

Artículo 19. Financiación

La Fundación, para el desarrollo de sus actividades, se financiará con los recursos que provengan del rendimiento de su patrimonio y, en su caso, con aquellos otros procedentes de las ayudas, subvenciones o donaciones que reciba de personas o entidades, tanto públicas como privadas.

Asimismo, la Fundación podrá obtener ingresos por su actividades, siempre que ello no implique una limitación injustificada del ámbito de sus posibles beneficiarios.

Queda facultado el Patronato para hacer las variaciones necesarias en la composición del patrimonio de la Fundación, de conformidad con lo que aconseje la coyuntura económica de cada momento y sin perjuicio de solicitar la debida autorización o proceder a la oportuna comunicación al Protectorado.

El ejercicio económico coincidirá con el año natural.

La Fundación llevará una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad que permita un seguimiento cronológico de las operaciones realizadas. Para ello llevará necesariamente un libro Diario y un libro de Inventarios y de Cuentas Anuales y aquellos otros libros obligatorios que determine la legislación vigente.

En la gestión económico-financiera, la Fundación se regirá por los principios y criterios generales determinados en la normativa vigente.

Artículo 20. Plan de actuación y rendición de cuentas.

Las cuentas anuales se aprobarán por el Patronato de la Fundación, en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio, y se presentarán al Protectorado dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación.

El Patronato elaborará y remitirá al Protectorado en los últimos tres meses de cada ejercicio un plan de actuación en el que queden reflejados los objetivos y las actividades que se prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente.


CAPÍTULO V
MODIFICACIÓN, FUSIÓN Y EXTINCIÓN

Artículo 21. Modificación

El Patronato, podrá modificar los presentes Estatutos, siempre que resulte conveniente a los intereses de la Fundación. En cualquier caso, procederá modificar los Estatutos cuando las circunstancias que presidieron la constitución de la Fundación hayan variado de manera que ésta no pueda actuar satisfactoriamente con arreglo a los Estatutos en vigor.

Para la adopción de acuerdos de modificación estatutaria, será preciso un quórum de votación favorable de, al menos, dos terceras partes de los miembros del Patronato.

La modificación o nueva redacción de los Estatutos acordada por el Patronato se comunicará al Protectorado y habrá de ser formalizada en escritura pública e inscrita en el correspondiente Registro de Fundaciones.

Artículo 22. Fusión

El Patronato de la Fundación podrá acordar la fusión de ésta con otra Fundación siempre que resulte conveniente en interés de la misma.

El acuerdo de fusión deberá ser aprobado con el voto favorable de, al menos, tres cuartas partes de los miembros del Patronato.

Artículo 23. Extinción

La Fundación se extinguirá por las causas, y de acuerdo con los procedimientos establecidos por la legislación vigente.

La extinción de la Fundación determinará la apertura del procedimiento de liquidación que se realizará por el Patronato bajo el control del Protectorado.

La totalidad de los bienes y derechos resultantes de la liquidación se destinarán a las fundaciones o a las entidades no lucrativas privadas que persigan fines de interés general y que tengan afectados sus bienes, incluso para el supuesto de su disolución, a la consecución de aquellos, y que estén consideradas como entidades beneficiarias del mecenazgo, de acuerdo con la legislación vigente, o a entidades públicas de naturaleza no fundacional que persigan fines de interés general. Queda expresamente autorizado el Patronato para realizar dicha aplicación.

3 de febrero de 2008

Miscelánea


Estamos redactando los estatutos de la Fundación Marín así como el manifiesto del movimiento Miédico.
Próximamente en este blog.
Mientras disfrute de la belleza de esta escultura de corte neoclásico realizada por Pedro Michel.

2 de febrero de 2008